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Por lo general se tiende a considerar como «Startup» a cualquier empresa emergente. El término es más asociado a las empresas con alto componente de base tecnológica, que permita incrementar el tamaño de sus operaciones, conservando básicamente el mismo tamaño en su estructura.

En España: la Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, establece que serán consideradas startups aquellas empresas que sean innovadoras, de nueva creación o con una antigüedad de hasta 5 años en general, o de 7 años en el caso de empresas de biotecnología, energía e industriales; que tengan su sede social, establecimiento permanente y la mayoría del empleo en España; que no hayan distribuido dividendos y no sean cotizadas, y que tengan ingresos de hasta 5 millones de euros.

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